El señor Pedro Parés Soto, Presidente de la "Sociedad
de Padres, Jefes o Encargados de Familias del Falansterio de Puerta de
Tierra", nos remite con fines de publicidad copia de una carta por él
dirigida con fecha 14 del mes en curso al señor Miles H. Fairbank,
Administrador de la PRRA.
En dicho documento, que sintetizamos, le hace saber al señor Fairbank que
el primer inconveniente que tuvieron los ínquilinos para la adquisición de
los apartamientos que habitan, fue que se les exigieron dos mensualidades
de fianza, y el segundo que los apartamientos de precio módico, de dos
dólares semanales, son solamente los interiores del primer piso,
saliéndoles aún caros a causa de tener que pagar por separado el agua, la
luz y el gas que consuman, de acuerdo con lo que resulte de la lectura de
los contadores.
Alega el señor Parés Soto que el contrato hace responsables a los
moradores del Falansterio de todo cuanto allí ocurra, obligándoles a
cumplir órdenes y a rechazar beneficios de leyes que les protejan
enactadas por el Congreso de los Estados Unidos o la Legislatura de Puerto
Rico. Y que tales contratos estarán en vigor desde la fecha de su
otorgamiento hasta las doce del día del quinto sábado después de haberse
notificado por escrito su terminación por cualquiera de las partes.
Con motivo de las facultades que en el mismo contrato se confieren por los
inquilinos al Administrador del Falansterio, sus representantes o agentes,
para entrar en los apartamientos con el fin de hacer reparaciones, mejoras o alteraciones, o para hacer
inspecciones o estudios que se crean necesarios, los inquilinos
expresamente renuncian a cualquier derecho o reclamación por daños y
perjuicios causados , dentro del local por el Administrador, sus
representantes o agentes, etc. "Es decir —comenta el señor Parés Soto— que
un golpe causado por una caída de un morador de
un apartamiento, por negligencia de parte del Administrador, etc. y que
ocasione gastos en atención médica u hospitalización, deben ser tales
gastos sufragados por el perjudicado, siendo esto una violación a los
postulados de Igualdad, Humanidad, Justicia y Democracia, bases sobre las
cuales descansa la Constitución de los Estados Unidos.
El firmante del mencionado documento solicita, finalmente, la
liberalizacíón de los términos del contrato, de manera que se haga menos
difícil la adquisición de un apartamiento en alquiler y el pago del canon
correspondiente, que considera muy
elevada para los obreros de Puerto Rico.
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