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El Concejo Municipal de San Juan aprobó en su sesión de anoche la siguiente ordenanza:

Artículo 1. Queda expresa y terminantemente prohibido el tocar el instrumento denominado "bomba" ó algún otro semejante, así como el canto ó baile con dicho instrumento, en plazas, paseos ó cualquier otro paraje público de la municipalidad.

Artículo 2. La policía queda obligada a detener a los promoveedores de esas tocatas ó sean los que tocan dichas "bombas" y bailan y cantan al compás de ellas y entregarlas al juzgado.

Artículo 3. El juzgado de paz impondrá al tocador o tocadores, cantadores ó bailadores con dicho instrumento ó algún otro semejante, la multa de un dollar a cinco cada uno.

Artículo 4. Esta ordenanza empezará a cumplirse seguidamente al ser aprobada por el alcalde y enviada a la policía para su más exacto cumplimiento.