El señor Pedro Parés Soto, Presidente de la "Sociedad
de Padres, Jefes o Encargados de Familias del Falansterio de Puerta de
Tierra", nos remite con fines de publicidad copia de una carta por él
dirigida con fecha 14 del mes en curso al señor Miles H. Fairbank,
Administrador de la PRRA.
En dicho documento, que sintetizamos, le hace saber al señor Fairbank
que el primer inconveniente que tuvieron los ínquilinos para la
adquisición de los apartamientos que habitan, fue que se les exigieron
dos mensualidades de fianza, y el segundo que los apartamientos de
precio módico, de dos dólares semanales, son solamente los
interiores del primer piso, saliéndoles aún caros a causa de tener que
pagar por separado el agua, la luz y el gas que consuman, de acuerdo con
lo que resulte de la lectura
de los contadores.
Alega el señor Parés Soto que el contrato hace responsables a los
moradores del Falansterio de todo cuanto allí ocurra, obligándoles a
cumplir órdenes y a rechazar beneficios de leyes que les protejan
enactadas por el Congreso de los Estados Unidos o la Legislatura de
Puerto Rico. Y que tales contratos estarán en vigor desde la fecha de su
otorgamiento hasta las doce del día del quinto sábado después de haberse
notificado por escrito su terminación por cualquiera de las partes.
Con motivo de las facultades que en el mismo contrato se confieren por
los inquilinos al Administrador del Falansterio, sus representantes o
agentes, para entrar en los apartamientos con el fin de hacer
reparaclones, mejoras o alteraciones, o para hacer inspecciones o
estudios que se crean necesarios, los inquilinos expresamente renuncian
a cualquier derecho o reclamación por daños y perjuicios causados ,
dentro del local por el Administrador, sus representantes o agentes,
etc. "Es decir —comenta el señor Parés Soto— que un golpe causado por
una caida de un morador de un apartamiento, por negligencia de parte del
Administrador, etc. y que ocasione gastos en atención médica u
hospitalización, deben ser tales gastos sufragados por el perjudicado,
siendo esto una violación a los postulados de Igualdad, Humanidad,
Justicia y Democracia, bases sobre las cuales descansa la Constitución
de los Estados Unidos.
El firmante del mencionado documento solicita, finalmente, la
liberalizacíón de los términos del contrato, de manera que se haga menos
difícil la adquisición de un apartamiento en alquiler y el pago del
canon correspondiente, que considera muy elevada para los obreros de
Puerto Rico.
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