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Jenniffer González junto al presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz 

Apelativo sostiene sentencias a convictos por corrupción en Superintendencia del Capitolio

Los hechos ocurrieron bajo las presidencias de Rivera Schatz y González Colón y el caso es probablemente el más abarcador que se ha procesado en los tribunales de Puerto Rico por corrupción pública.

noticel.com
Por: Oscar J. Serrano 
Publicado: Mar 07, 2025 

El Tribunal de Apelaciones sostuvo completamente las condenas y sentencias del grupo de exfuncionarios y suplidores que fueron a juicio por las decenas de casos de corrupción en obras de construcción que se ejecutaron en la Superintendencia del Capitolio, cuando eran presidentes legislativos el actual presidente del Senado, Thomas Rivera Schatz, y la hoy gobernadora, Jenniffer González Colón.

Los hechos ocurrieron en el cuatrienio de 2009 a 2012, cuando la designación del Superintendente del Capitolio recaía en el Senado, por lo que Rivera Schatz nombró a Eliezer Velázquez Quiles como jefe de la dependencia. En la auditoría de la Contraloría se indica que González Colón no contestó los hallazgos y que Rivera Schatz dijo que no iba a comentar porque la Superintendencia tenía personalidad jurídica propia y autonomía fiscal.

La auditoría implicó a 19 empleados y funcionarios de la Superintendencia beneficiándose del esquema y el Departamento de Justicia presentó cargos contra un matrimonio de contratistas y cinco exempleados, incluyendo a Velázquez Quiles. El caso contra este fue desestimado y acaba de recibir un contrato de consultoría administrativa en el Senado por $30,000 hasta junio próximo.

De los demás acusados, algunos hicieron alegación de culpabilidad, pero el matrimonio de Edil Amos Danois Román y Eliana Cuervo Sierra, así como el exgerente de Servicios Administrativos, Juan Carlos Acosta Ramírez, y el exgerente de Proyectos de Construcción, Alex Emille Martínez Morales, fueron a juicio resultando convictos y sentenciados a penas de cárcel en modalidad suspendida. El juicio duró del 5 de marzo de 2018 al 22 de octubre de 2022 y la presentación de prueba la encabezó la fiscal Wilda Nin Pacheco.

Mediante 20 testigos, el Ministerio Público probó, a satisfacción de la jueza superior Wanda Cruz Ayala y de los jueces apelativos Ricardo Marrero Guerrero, Carlos Candelaria Rosa y Roberto Sánchez Ramos, que el grupo perpetró un esquema de falsificación de documentos, violación de reglamentos, aprobaciones indebidas y falta de supervisión para que los contratistas obtuvieran 143 órdenes de compra y trabajos de construcción sin competencia real, pagos por obras no completadas y hasta doble y triple pago por la misma obra.


Según el relato testigo por testigo que hizo el tribunal apelativo en su sentencia del 26 de febrero, el auditor de la contraloría, Jesús Cruz Velázquez, descubrió el esquema al examinar unas 3,000 órdenes de compra realizadas en la Superintendencia entre 2009 y 2012. Así detectó cómo los funcionarios se apartaron de las reglas para permitir que el matrimonio de contratistas manipulara el proceso de compras inventando compañías para que pareciera que había competencia. En un caso de una compañía inventada, sus supuestos teléfonos oficiales eran de la oficina de un médico y de la zapatería Aldo en Plaza las Américas. Para el esquema, hubo falsificación de documentos y de firmas. Además, Danois Román se apropió de unos $133,000 por primas que nunca pagó a la Corporación del Fondo del Seguro del Estado.


La sentencia fue similar, dos años de cárcel en modalidad suspendida e inclusión de su nombre en el Registro de Personas Convictas por Corrupción. Pero en el caso del contratista Danois Román, quien tuvo 31 cargos por apropiación ilegal agravada, fraude, falsificación de documentos, falsedad ideológica y posesión y traspaso de documentos falsificados, la pena fue seis años de restricción domiciliaria. Incluyó también restitución de $500,000 ($50,000 para un comerciante a quien le falsificó la firma y $450,000 para el gobierno).

En la apelación, los convictos alegaron insuficiencia de la prueba y fallas en el descubrimiento de prueba. Danois Román impugnó la cantidad de la restitución porque no se había tomado en cuenta su capacidad de pago al momento de imponerla.

“Tras realizar un sosegado y exhaustivo examen del expediente, concluimos que el Ministerio Público cumplió satisfactoriamente con su responsabilidad de demostrar más allá de toda duda razonable los elementos constitutivos de los delitos imputados a cada uno de los apelantes. En vista de lo anterior, no erró el TPI al declararlos culpables. Ante ello, consideramos que las alegaciones de insuficiencia de la prueba carecen de mérito”, concluyeron los jueces apelativos en su sentencia de 116 páginas.

Los jueces resaltaron que los funcionarios públicos fueron procesados por menos transacciones ilegales de las que la auditoría había detectado y que a Danois Román la sentencia de restricción domiciliaria, en vez de encierro en la cárcel, le permite trabajar para pagar la restitución.