GOBIERNO DE PUERTO RICO
DEPARTAMENTO DEL INTERIOR DIVISIÓN DE TERRENOS PÚBLICOS Y ARCHIVO
AVISO DE ARRENDAMIENTO DE SOLARES
De acuerdo con las prescripciones de la Resolución Conjunta Número 53 de la Asamblea Legislativa de Puerto Riro, aprobada en 31 de Julio de 1923, por el presente se anuncia el arrendamiento en subasta pública oral de 137 solares comprendidos en el cuadro que a continuación se inserta la que tendrá lugar en la oficina del Comisiónado del Interior, el día 20 de Julio de 1926, a las dos P.M.
Dichos solares, que hian sido ganados al mar por el dragado del Puerto, radican en el barrio de Puerta de Tierra de este término municipal, sitio comprendido entre la prolongación hacia el Sur de la Calle "Tadeo de Rivero" y la factoria de la American Tobacco. Co
Para tomar parte en la subasta es requisito indispensable que los postores consignen en poder del Comisionado del Interior, en dinero o cheque certificado, a su satisfacción una suma igual al 10% del valor en tasación de los solares que cada cual desee arrendar.
La licitación para el arrendamiento de estos solares se efectuará oralmente, y en ella no se admitirá oferta que no cubra como cánon de arrendamiento anual, el seis por ciento del valor en tasación de cada solar.
Los licitadores que obtuvieren la buena pró quedan obligados a formalizar los correspondientes contratos de arrendamiento dentro de los treinta días subsiguientes, garantizando los mismos con dos fiadores propietarios de bienes inmuebles, a satisfacción del Comisionado del Interior. La falta de cumplimiento de esta circunstancia, determinará la anulación de la subasta y pérdida del depósito.
El término de estos arrendamientos será de quince años, y ellos estarán sujetos a la aprobación del Consejo Ejecutivo.
El Comisionado del Interior se reserva el derecho de rechazar cualquier y todas las ofertas.
Planos de estos solares se encuentran de manifiesto, en la División de Terrenos Públicos, a disposición de las personas que deseen examinarlo.
SOLARES QUE SE ARRIENDAN
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