Abogada fustiga Tribunal
Supremo
por Sarah Vázquez de EL REPORTERO
El Tribunal Supremo de Puerto Rico se
convirtió hoy en blanco de fuego de uno de los abogados que defiende el
derecho de dicha profesión de anunciarse para reclutar clientes en
supuesto beneficio de los consumidores.
Por su parte, el presidente del Colegio de Abogados, Lic. Ángel Tapia
Flores, sostuvo que los anuncios principalmente benefician a los
abobados jóvenes que comienzan su práctica fuera de los bufetes ya
establecidos.
La Lcda. Carmen Ibarra, una de las primeras abogadas en utilizar los
anuncios de prensa considera que el cánon que reglamenta los anuncios de
los ahogados en Puerto Rico es uno obsoleto, y añade: "el Cánon 36 está
bastante mal escrito. Es muy poco claro, como todos los cánones. El
Tribunal Supremo de Puerto Rico va a la saga en todo; es estúpidamente
conservador".
La Lcda. Ibarra se refiere al Cánon de Publicidad o Anuncios de
Abogados, el cual fue enmendado en junio de este año y entró en vigor el
día primero de este mes.
La enmienda responde a una propuesta del Colegio de Abogados, que es el
organismo designado para emitir opiniones en cuanto a la ética
profesional que debe regir a los bogados.
En el 1978 el Colegio de Abogados sometió al Tribunal Supremo de Puerto
Rico la propuesta de enmienda al antiguo cánon de 1973, el cual prohibía
absolutamente la propaganda de los abogados, salvo en directorios
profesionales, tal como hacen los médicos.
La enmienda actual permite a los abogados el hacer uso de técnicas de
propaganda, siempre y cuando se mantenga un enfoqué altamente
profesional. "Queríamos profesionalizar el anuncio", apuntó el Lcdo.
Ángel Tapia Flores, presidente del Colegio de Abogados de Puerto Rico .
Entre las restricciones que impone la enmienda al canón 36 se encuentra
"el uso de gráficas, dibujos, retratos, o cualquier otro tipo de
ilustración gráfica". La inclusión de este tipo de materiales catalogada
como totalmente impropia.
Al respecto, la Lcda. Ibarra opina que dicha prohibición es
improcedente, ya que los retratos y
demás ilustraciones gráficas forman parte de un lenguaje comercíal
protegido.
Refiriéndose a la efectividad de los anuncios la Lcda. Ibarra considera
que la medida es una "muy efectiva". "En términos económicos, debido a
que los costos son tan altos, no ha sido tan beneficioso (anunciarse),
pero si lo ha sido para el consumidor, ya que ha obligado a los otros
abogados a reducir los costos", señaló la Lcda. Ibarra.
Añadió, además que "algunos abogados aún tienen la costumbre de cobrar a
sus clientes según la apariencia personal, lo cual me parece muy
inmoral. En este sentido, el anuncio ha educado al público en cuanto al
costo de los servicios legales."
El Lcdo. Tapia Flores, por su parte, considera que "quien se beneficia
de la publicidad es el abogado joven, nuevo, que se abre camino y no
cuenta con los recursos económicos para contratar a una agencia de
publicidad para que le haga la propaganda, como suelen hacer hoy día
muchos de los grandes bufetes de abogados en Puerto Rico."
Abundando en el tema, el presidente del Colegio de Abogados recalcó que
lo que este organismo pretende es lograr anuncios serios, que indiquen
las capacidades profesionales, la experiencia, y los costos por
servicios. Sin embargo, señaló que los consumidores no deben usar estos
anuncios como único criterio.
"Conozco el caso de un abogado que fue llevado ante el Departamentó de
Asuntos del Consumidor (DACO) porque tenia dos tarifas, una en el "San
Juan Star" y otra en El Vocero. Por supuesto, la del "San Juan Star" era
más alta. Preguntaba a sus clientes en que periódico habían visto el
anuncio, para así saber cuanto les cobraría", relató el Lcdo. Tapia
Flores.
Otra de las restricciones que impone el cánon 36 hace referencia a los
"honorarios en forma imprecisa o con relación a servicios cuyo total no
pueda anticiparse al aceptar la representación. "
Sobre este particular, señaló el Lcdo. Tapia Flores "el abogado tiene
que asumir todas las responsabilidades del caso, ya que muchas veces
estos anuncios son engañosos."
"Recuerdo el caso de una mujer a la que supuestamente divorciaron por
$75. Cuando vino a ver, no estaba divorciada, ya que el procedimiento
legal de su caso no estaba completo, ni incluido en la tarifa de $75.
Poco faltó para que la procesaran por bigamia", .comentó el Lcdo. Tapia.
En su opinión, "lo más importante en la relación entre un abogado y su
cliente es la confianza, y no lo poco que el abogado cobre por sus
servicios."
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