Senado aprueba proyecto que aumenta a $10 millones aportación al
COPUR
La Ley para el
Fortalecimiento y Desarrollo del Deporte Puertorriqueño pretende
dar estabilidad fiscal a diferentes organizaciones deportivas
Por Metro Puerto Rico
Martes 7 de septiembre de 2021
El Senado aprobó el Proyecto 426 que
aumenta a $10 millones anuales la aportación al Comité Olímpico
de Puerto Rico (COPUR). La pieza legislativa tiene como
propósito, establecer la "Ley para el Fortalecimiento y
Desarrollo del Deporte Puertorriqueño", para otorgarle
estabilidad fiscal a las diferentes organizaciones deportivas
que se encargan de fomentar, desarrollar, preparar y reconocer
las aportaciones de los atletas puertorriqueños a nivel nacional
e internacional.
De la medida se desprende que “hay varias instituciones que se
destacan en nuestro país y que aportan significativamente a
mejorar la calidad de vida de la familia puertorriqueña, entre
estas: el Comité Olímpico de Puerto Rico y sus federaciones,
Albergue Olímpico, el Comité Paralímpico, Special Olympics
Puerto Rico, la Fundación Mayagüez 2010, el Pabellón de la Fama
del Deporte Puertorriqueño y la Federación de Ajedrez de Puerto
Rico, entre otras”.
En el caso del Comité Olímpico, a través de la Resolución
Conjunta 94-2013 se aumentó de forma escalonada el dinero que se
le asigna a1 COPUR comenzando en el 2014 en $5,000,000, hasta
$8,000,000 en el 2021. Con el PS426, una vez quede sin efecto
dicha Resolución, se aumenta a $10,000,000 anuales, la
aportación al COPUR.
Otras organizaciones deportivas que se beneficiarán de esta
legislación son el Albergue Olímpico que obtendrá una aportación
de $6,000,000 anuales; al Comité Paralímpico se le estaría
otorgando un fondo recurrente que aumenta a $100,000 anuales; el
Special Olympics Puerto Rico o las Olimpiadas Especiales se le
asignará $100,000 anuales; la Fundación Mayagüez 2010 que
depende en gran medida por donativo legislativo que no son
recurrentes, se le estaría asignando $200,000 anuales; el
Pabellón de la Fama del Deporte Puertorriqueño se le asignaría
$100,000 anuales; a la Federación de Ajedrez $100,000 dólares
anuales; y a la Liga Atlética Interuniversitaria (LAI) se le
asignarán $400,000 anuales.
Sobre los fondos asignados en esta Ley, “provendrán anualmente
del producto neto de los sorteos ordinarios y extraordinarios de
la Lotería de Puerto Rico y de la Lotería Electrónica a
celebrarse en cada uno de los años naturales o cualquier otro
fondo disponible en el Gobierno del Estado Libre Asociado de
Puerto Rico”. Asimismo, según se dispone en el artículo 10 de la
medida “que el Secretario de Hacienda podrá anticipar cualquier
asignación de fondos, para uso y disposición de lo establecido
en esta Ley, de los fondos no comprometidos en el Tesoro
Estatal, las cantidades o partes asignadas por años
naturales.Los fondos remanentes de cada institución serán
transferidos a las mismas los años subsiguientes”.
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