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Se le ordenó a Cruz a comenzar la
transición por Romero haber sido certificado
preliminarmente por el ente electoral. |
El Tribunal Supremo ordenó a la alcaldesa de San Juan, Carmen
Yulín Cruz, a comenzar de inmediato el proceso de transición de la
ciudad capital con el candidato preliminarmente certificado como
alcalde electo, Miguel Romero.
Asimismo, el más alto foro judicial sostuvo la validez de la
certificación preliminar emitida por la Comisión Estatal de
Elecciones (CEE) el pasado 7 de noviembre.
“Resolvemos que la alcaldesa incumbente de San Juan tenía el deber
ministerial de -a partir del 18 de noviembre de 2020- proseguir con
el proceso de transición del municipio de San Juan”, declara el
documento legal.
En una opinión escrita por la jueza presidenta Maite Oronoz, se le
ordenó a Cruz a comenzar la transición por Romero haber sido
certificado preliminarmente por el ente electoral. La decisión de
los jueces fue unánime.
“Se declara con lugar la solicitud de mandamus que presentó Miguel
A. Romero Lugo. En consecuencia, se le ordena a la alcaldesa del
municipio de San Juan, Carmen Yulín Cruz Soto, a comenzar
inmediatamente el proceso de transición con la participación del
comité que designó Miguel A. Romero Lugo”, reza la sentencia.
Además, sobre la alegación del comisionado electoral del Movimiento
Victoria Ciudadana (MVC), Olvín Valentín, quien había argumentado
que bajo el nuevo Código Electoral la CEE no podía hacer una
certificación preliminar, el Supremo aclaró que “la ausencia de esa
obligación no significa que la CEE está impedida de hacerlo”. Así
las cosas, se confirmó que la certificación realizada por el
presidente de la comisión, Francisco Colomer, es válida.
De otro lado, no le dio validez a los argumentos de Cruz y del
candidato del MVC, Manuel Natal -quien intervino como parte
afectada- sobre que el proceso de transición tenía que comenzar
cuando hubiera un “alcalde electo” ya certificado finalmente. Al
analizar la ley vigente, el Supremo estableció que “no tendría
lógica interpretar y concluir que el Código Municipal de Puerto Rico
exige que exista un candidato certificado finalmente como el
candidato electo definitivo para que el proceso de transición
inicie”.
“Por el contrario, es suficiente con que medie una certificación
preliminar de los resultados electorales donde un candidato se
proyecte como aquel potencialmente electo. Esto es así para poder
llevar a cabo una transición ordenada y con tiempo de los asuntos
gubernamentales”, se determinó.
Igualmente, el tribunal ordenó que otros municipios que estén en una
situación similar a la de San Juan, deben acatar lo dispuesto ayer y
comenzar los procesos de transición. Municipios como Aguadilla y
Maricao fueron mencionados en el escrito.
Reaccionan Romero y alcaldesa
El senador agradeció a la Rama Judicial “por restablecer la ley que
se pretendió arrebatarle a la ciudad capital”.
Además, le exhortó a la alcaldesa saliente “a que en esta etapa se
demuestre prudencia y hagamos una transición ordenada que ponga a
los sanjuaneros primero”.
“No puede insistir en esconder los problemas que
tiene la ciudad capital. Conocer la magnitud del desastre ahora nos
permitirá hacer nuestro trabajo en beneficio de San Juan y de Puerto
Rico”, sostuvo.
Romero había denunciado que Cruz no quería iniciar la transición por
alegados problemas en la Capital, como, por ejemplo, una supuesta
deuda de $90 millones al retiro de los empleados municipales y
deficiencias en el programa Head Start que asegura provocaron la
pérdida de $30 millones.
Mientras, que la alcaldesa saliente dijo que tras la validación del
Supremo, se comunicó con Romero “para felicitarlo en su elección
para dirigir los destinos de la ciudad capital de San Juan”.
De igual forma, detalló que Charlie Hernández, presidente del Comité
de Transición Saliente se comunicó con su homólogo en el equipo
entrante, el contador público autorizado Manuel Díaz Saldaña.
“El alcalde electo y su equipo recibirán de nuestro equipo el más
alto nivel de cooperación, transparencia y profesionalismo en este
proceso”, manifestó Cruz.
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