EEn días recientes
hemos celebrado la espontaneidad y sentido patrio del joven Luis
Maldonado Ruel quien, sin encomendarse a nadie, entró al Normandie y
pintó las paredes exteriores de la estructura.
Un día después, personas no identificadas volvieron a entrar para
vandalizar con gratiti el edificio histórico.
Vale preguntarse quién custodia el lugar y qué responsabilidad tiene
su dueño que permite que cualquiera entre como "Pedro por su casa"
—como dice una frase popular— no solo lugar lleno de escombros sino
permitiendo también que nuestro patrimonio edificado continúe
deteriorándose aceleradamente.
El catastro digital del Centro de Recaudaciones de Ingresos
Municipales refleja que la compañía Interra Sky- Normandie adquirió
la propiedad en 2013 por la suma de $3.8 millones. No estamos
hablando de una propiedad - como muchas en los centros urbanos a lo
largo de todo el País - recibida como herencia y cuyos herederos no
tienen el capital para mantenerla y se convierte en estorbo público
en la espera de que Dios reparta suerte con ellas. No estamos
hablando de una propiedad adquirida por el Estado involuntariamente
a falta de herederos que la reclamen.
Los actuales titulares del Normandie adquirieron la propiedad con
pleno conocimiento de que desde 1980 estaba en el Registro Nacional
de Lugares Históricos, y desde el 2000 en el Registro de Sitios y
Zonas Históricas de la Junta de Planificación. La corporación tenía
pleno conocimiento de la responsabilidad que conllevaba ser custodio
de dicho patrimonio y los trabajos de conservación que se esperaban.
El Reglamento Conjunto para la Evaluación y Expedición de Permisos
relacionados al Desarrollo, Usos de Terrenos y Operación de
Negocios, en su capítulo X sobre Conservación de Recursos
Históricos, define la ruina voluntaria como "aquella en la cual, por
acción engañosa, negligencia o descuido de los propietarios u
ocupantes, una propiedad identificada como habitable al ser signada
como un sitio histórico, sea posteriormente clasificado como ruina".
La obligación de los propietarios de un sitio histórico es de
conservarlo en estado digno, higiénico y exento de peligro para los
ciudadanos, así como llevar a cabo obras de mantenimiento
preventivo.
El Instituto de Cultura, el Municipio de San Juan y la Oficina de
Gerencia de Permisos están facultados para sancionar a quienes
incumplen con esta responsabilidad. ¿Se le ha impuesto alguna
sanción o multa administrativa al dueño del Nornandie? Si se ha
impuesto, ¿ha sido suficiente como para propiciar una respuesta
adecuada o se va a permitir la impunidad hasta que ocurra una
desgracia humana o nuestro patrimonio llegue al punto de la ruina
irreversible?
Si el dueño está requiriendo para su venta tres veces más de lo que
pagó en su origen hace ocho años, ¿se considera esto especulación
inmobiliaria de nuestro patrimonio?
No desenfoquemos la discusión en establecer sí la condición actual
de la estructura es digna de ser considerada patrimonio
arquitectónico. Esa evaluación ya se hizo en 1980, y los
profesionales y asignados a la tarea hicieron la designación de
conformidad. Por el contrarío, no dejemos de preguntarnos a quién
favorece en este caso la ruina intencional, qué proyecto de
desarrollo ya está en la mesa de dibujo, y por qué el registro de
sitios históricos no está disponible al público en la página del
Instituto de Cultura ni en la de la Junta de Planificación para que
todo ciudadano pueda identificar nuestro patrimonio edificado y
podamos todos exigir oportunamente su conservación.
El nivel de intervención en el Normandie para su conservación, que
puede incluir la reconstrucción de parte de su estructura, la
restauración o rehabilitación, es motivo de un análisis serio por
separada.
La autora es presidenta del Colegio de Arquitectos y Arquitectos
Paisajistas de Puerto Rico