El Tribunal Supremo le responde a la democracia
EDITORIAL
El Nuevo Día
sábado, 16 de octubre de 2021
Una mayoría del Tribunal Supremo de Puerto
Rico ha dado un paso firme y necesario a favor de la democracia
puertorriqueña, al anular la pretensión, tan burda como
peligrosa, de los poderes políticos de quebrantar la separación
que, como sabiamente dispone la Constitución, debe existir entre
las ramas de gobierno.
La sentencia firmada ayer por el juez asociado Rafael Martínez
Torres es diáfana y elocuente: la disposición del Código
Electoral que, como última instancia, deja en manos del Tribunal
Supremo la designación de las personas que ocupen la presidencia
y la presidencia alterna de la Comisión Estatal de Elecciones
atenta contra el balance de poderes necesario para la salud de
la gobernanza democrática. El inciso en cuestión, el 3.7,
dispone que, en ausencia de nombramientos del gobernador o del
consejo y consentimiento de ambas cámaras de la Asamblea
Legislativa, el pleno del Tribunal Supremo deberá elegir al
presidente y presidente alterno del organismo electoral.
Al colocarse del lado de los pilares democráticos, la sentencia
del alto foro reafirma también la importancia de proteger la
pulcritud del sistema electoral. Pero el dictamen de la Corte
trasciende el ámbito electoral. Acertadamente, esta sentencia de
nuestro máximo foro judicial ha señalado la incapacidad de las
ramas políticas de alcanzar acuerdos para acatar sus deberes
ministeriales, pretendiendo renunciar a ellos y delegarlos a la
rama judicial. El mensaje es claro y contundente: es
responsabilidad de las ramas políticas ponerse de acuerdo.
En particular, al revisitar el poder de nombramiento, el
Tribunal advierte al Senado y a la Cámara sobre el uso
inadecuado de su facultad al indicar que, cónsono con el
principio de separación de poderes, a los cuerpos legislativos
no les corresponde imponer nombramientos ni secuestrar la
facultad nominadora del Ejecutivo. Su función es brindar su
consejo y conocimiento a los nominados por el gobernador.
Coincidimos con el juez asociado Torres Martínez en que "Este
caso trata sobre dos ramas de gobierno que quieren abdicar su
deber constitucional e insertar al Tribunal Supremo en un
proceso político". Esa pretensión, insalubre para la democracia,
es inaceptable.
En conformidad con la opinión mayoritaria, el juez asociado Luis
Estrella Martínez señala que el propio Código, al establecer las
fases de nombramiento para los dos cargos principales de la CEE,
preserva el poder constitucional del gobernador de continuar
nominando - y subraya - "recurrentemente" a otros candidatos
hasta alcanzar el consejo y consentimiento del Senado. Apunta
que el deber ministerial que la Constitución impone al
gobernador, como nominador, y a la Asamblea Legislativa, para
rechazar o confirmar, no son derechos renunciables y menos
transferibles a la Rama Judicial.
La sentencia aplica a un artículo del Código Electoral, porque
el resto no formó parte de la impugnación radicada por el
Senado. No obstante, los poderes políticos deben recibirla
también como un fuerte mandato para revisar responsablemente las
demás deficiencias del Código que desde su génesis se advirtió
estaba políticamente amañado.
Sin duda, la sentencia vuelve a poner de
relieve la necesidad de revisar por completo el estatuto,
impuesto de forma atropellada el año pasado en plena emergencia
por la pandemia de COVID-19. Contra la recomendación de expertos
y de la opinión general, la pasada mayoría legislativa y la
entonces gobernadora establecieron un régimen electoral
acomodaticio para intereses políticos, a meses de las primarias
y elecciones generales.
El efecto nocivo del entuerto no tardó en verse. Por primera vez
en nuestra historia democrática, un proceso electoral - las
primarias - fue suspendido en medio de numerosas
irregularidades. Tres meses más tarde, nuevos contratiempos
provocaron que los resultados de los comicios generales fueran
certificados más tarde de lo acostumbrado.
La decisión judicial debe mover al liderato legislativo a
comenzar un proceso de análisis serio y participativo para crear
un Código Electoral que responda al espíritu democrático, y
proteja los derechos de todos, incluidas las minorías, y nuestro
sistema constitucional de gobierno de potenciales abusos.
Asimismo, la sentencia del Supremo debe apelar al liderato
legislativo a establecer un diálogo saludable con el ejecutivo
hasta alcanzar el terreno común que la sociedad puertorriqueña
exige. La CEE y el propio gobierno necesitan contar con
funcionarios que ocupen sus cargos en propiedad para darle
estabilidad y credibilidad a la gestión pública en general, y,
en particular, al sistema electoral, custodio de nuestra
democracia.
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