El Tribunal Supremo le responde a la democracia

EDITORIAL
El Nuevo Día
sábado, 16 de octubre de 2021


Una mayoría del Tribunal Supremo de Puerto Rico ha dado un paso firme y necesario a favor de la democracia puertorriqueña, al anular la pretensión, tan burda como peligrosa, de los poderes políticos de quebrantar la separación que, como sabiamente dispone la Constitución, debe existir entre las ramas de gobierno.

La sentencia firmada ayer por el juez asociado Rafael Martínez Torres es diáfana y elocuente: la disposición del Código Electoral que, como última instancia, deja en manos del Tribunal Supremo la designación de las personas que ocupen la presidencia y la presidencia alterna de la Comisión Estatal de Elecciones atenta contra el balance de poderes necesario para la salud de la gobernanza democrática. El inciso en cuestión, el 3.7, dispone que, en ausencia de nombramientos del gobernador o del consejo y consentimiento de ambas cámaras de la Asamblea Legislativa, el pleno del Tribunal Supremo deberá elegir al presidente y presidente alterno del organismo electoral.

Al colocarse del lado de los pilares democráticos, la sentencia del alto foro reafirma también la importancia de proteger la pulcritud del sistema electoral. Pero el dictamen de la Corte trasciende el ámbito electoral. Acertadamente, esta sentencia de nuestro máximo foro judicial ha señalado la incapacidad de las ramas políticas de alcanzar acuerdos para acatar sus deberes ministeriales, pretendiendo renunciar a ellos y delegarlos a la rama judicial. El mensaje es claro y contundente: es responsabilidad de las ramas políticas ponerse de acuerdo.

En particular, al revisitar el poder de nombramiento, el Tribunal advierte al Senado y a la Cámara sobre el uso inadecuado de su facultad al indicar que, cónsono con el principio de separación de poderes, a los cuerpos legislativos no les corresponde imponer nombramientos ni secuestrar la facultad nominadora del Ejecutivo. Su función es brindar su consejo y conocimiento a los nominados por el gobernador.

Coincidimos con el juez asociado Torres Martínez en que "Este caso trata sobre dos ramas de gobierno que quieren abdicar su deber constitucional e insertar al Tribunal Supremo en un proceso político". Esa pretensión, insalubre para la democracia, es inaceptable.

En conformidad con la opinión mayoritaria, el juez asociado Luis Estrella Martínez señala que el propio Código, al establecer las fases de nombramiento para los dos cargos principales de la CEE, preserva el poder constitucional del gobernador de continuar nominando - y subraya - "recurrentemente" a otros candidatos hasta alcanzar el consejo y consentimiento del Senado. Apunta que el deber ministerial que la Constitución impone al gobernador, como nominador, y a la Asamblea Legislativa, para rechazar o confirmar, no son derechos renunciables y menos transferibles a la Rama Judicial.

La sentencia aplica a un artículo del Código Electoral, porque el resto no formó parte de la impugnación radicada por el Senado. No obstante, los poderes políticos deben recibirla también como un fuerte mandato para revisar responsablemente las demás deficiencias del Código que desde su génesis se advirtió estaba políticamente amañado.

Sin duda, la sentencia vuelve a poner de relieve la necesidad de revisar por completo el estatuto, impuesto de forma atropellada el año pasado en plena emergencia por la pandemia de COVID-19. Contra la recomendación de expertos y de la opinión general, la pasada mayoría legislativa y la entonces gobernadora establecieron un régimen electoral acomodaticio para intereses políticos, a meses de las primarias y elecciones generales.

El efecto nocivo del entuerto no tardó en verse. Por primera vez en nuestra historia democrática, un proceso electoral - las primarias - fue suspendido en medio de numerosas irregularidades. Tres meses más tarde, nuevos contratiempos provocaron que los resultados de los comicios generales fueran certificados más tarde de lo acostumbrado.

La decisión judicial debe mover al liderato legislativo a comenzar un proceso de análisis serio y participativo para crear un Código Electoral que responda al espíritu democrático, y proteja los derechos de todos, incluidas las minorías, y nuestro sistema constitucional de gobierno de potenciales abusos.

Asimismo, la sentencia del Supremo debe apelar al liderato legislativo a establecer un diálogo saludable con el ejecutivo hasta alcanzar el terreno común que la sociedad puertorriqueña exige. La CEE y el propio gobierno necesitan contar con funcionarios que ocupen sus cargos en propiedad para darle estabilidad y credibilidad a la gestión pública en general, y, en particular, al sistema electoral, custodio de nuestra democracia.